EL ASESOR DE INVERSIÓN Y FINANCIACIÓN:
- Antepondrá a su interés personal el de los clientes asesorados por él.
- Informará, aconsejará y solucionará los problemas de los clientes respetando siempre los
objetivos que estos le señalen.
- Ilustrará con la máxima rectitud y seriedad sobre las características de la gestión
encomendada, haciendo especial referencia a las cuestiones que afecten la seguridad,
rendimiento, liquidación y costo.
- Observará escrupulosamente el secreto profesional respecto a sus clientes y actuará con
la máxima discreción en cuanto a los procedimientos empleados por las empresas
emisoras.
- Se informará y estará constantemente al día manteniendo un nivel elevado de
competencia profesional.
- Actuará correctamente en relación con los colegas de cualquier otra Sociedad, Entidad o
Instituto Financiero, manteniendo un juicio objetivo e imparcial y absteniéndose de hacer
consideraciones críticas que no pueda probar documentalmente.
- Actuará honestamente huyendo de cualquier acción o comentario que signifiquen
menosprecio o crítica negativa gratuita respecto a la honorabilidad y profesionalidad de
cualquier colaborador de la Asociación.
- Será escrupuloso en la selección de sus colaboradores y velará constantemente para que
estimen la profesión, respeten este CÓDIGO y mejoren continuamente su imagen y
preparación profesional.
- En cualquier ambiente que se encuentre se mantendrá un comportamiento moral y social
irreprochable que enaltezca la profesión que ejerce.
- Procurará que la ASOCIACION DE PROFESIONALES ASESORES DE INVERSIÓN Y
FINANCIACIÓN, cumpla plenamente con los objetivos que le corresponden y a fin de
conseguirlo aportará ideas y sugerencias.
Desplazarse hacia arriba