Renta vitalicia inmobiliaria

Las rentas vitalicias inmobiliarias son un producto financiero-inmobiliario muy conocido en Europa. Está pensada para personas mayores  que necesiten aumentar su pension de jubilación y generalmente que vivan solas . Con este sistema pueden vender su vivienda manteniendo el uso y disfrute de la misma hasta su fallecimiento. A cambio se recibe el dinero en forma de ingresos mensuales que variara en función del valor de mercado de la propiedad.

El funcionamiento es sencillo.

Se firma una escritura publica de renta vitalicia ante notario por la que el inversor adquiere la Nuda Propiedad (es propietario pero no tiene derecho de uso) de la propiedad.

A partir de ese momento el inversor tendrá que pagar una renta mensual pactada hasta el fallecimiento de los rentistas que conservan el derecho de uso de la vivienda.

Los gastos de IBI anual y el coste de las obras de mantenimiento y mejora de la propiedad corren a cargo del inversor.

Asimismo el rentista se asegura el cobro de la renta, incluyéndose en la propia escritura una condición resolutoria donde se especifica que en caso de no percibir durante un plazo de tres meses la renta pactada, el rentista podrá ejercer su derecho a recuperar la propiedad de la vivienda, y el inversor perdería el 100% de  las cantidades entregadas y el derecho a la nuda propiedad.

Soluciones financieras para personas mayores - Renta vitalicia inmobiliaria

CONVIERTA SU VIVIENDA EN SU MEJOR PLAN DE PENSIONES

Este producto permite que las Personas Mayores perciban una renta mensual a cambio de la transmisión de la Nuda Propiedad de sus viviendas, a la vez que mantienen el uso y disfrute de las mismas durante el resto de su vida.

Están dirigidas a aquellas personas que tengan más de 74 años y que deseen vivir con sus propios recursos económicos a través de una adecuada gestión de su patrimonio inmobiliario y, todo ello, conservando el uso y disfrute de  su casa.

Además, cuentan con todas las garantías legales.

Las operaciones se formalizan ante Notario en una Escritura Pública, y el pago mensual se ve garantizado a través de la inclusión en la Escritura de una Cláusula Resolutoria, mediante la cual, en el hipotético caso de producirse el impago, la Persona Mayor recuperaría la plena titularidad de la vivienda sin tener que devolver ninguna de las mensualidades percibidas desde el inicio de la operación.

El cálculo del pago mensual que corresponde a una Persona Mayor, se realiza teniendo en cuenta el Valor del Inmueble y su Esperanza de Vida, como en las Hipotecas Inversas, determinada de acuerdo a la edad y el sexo del beneficiario.

De otra parte, hay que considerar el Valor de Uso y Disfrute de esa vivienda, el cual se reserva la Persona Mayor en la Escritura Pública que se firma ante Notario y que es el resultado de descontar del Valor de Mercado del inmueble el Valor de la Nuda Propiedad.